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AccionesBASES LEGALES CAMPAÑA DE CAPTACIÓN
1. Entidad organizadora
La empresa OCASO, S.A. de Seguros y Reaseguros, en adelante OCASO.
2. Objeto de la promoción
Con el objeto de incentivar las contrataciones de Ocaso Hogar Directo, Ocaso ofrece un bono de 30€ canjeable en distintas tiendas, físicas y online, a través de la tarjeta regalo digital CLICK&GIFT del proveedor de servicio IZICARD, Sociedad Limitada.
3. Destinatarios. Requisitos del incentivo
Tomadores de pólizas emitidas en Canal Directo que cumplan con las siguientes reglas:
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Personas físicas.
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Nueva producción de pólizas de Ocaso Hogar Directo emitidas en periodo de campaña de captación (fecha de emisión dentro del periodo de campaña, independientemente de que la contratación sea en diferido y la fecha de efecto futura).
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Prima anual mínima de tarifa de 150€.
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Contratación de, al menos, un paquete adicional al producto base.
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Forma de pago anual, incluido el fraccionamiento de “en 3 meses sin intereses”.
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No tener recibos pendientes de pago a la hora del canje
4. Duración
La promoción tendrá un periodo de vigencia desde el 28 de Mayo de 2024 al 31 de diciembre de 2024, sujeto a ampliación.
5. Ámbito territorial
La promoción va dirigida a tomadores de OCASO cuya dirección de riesgo se encuentre en España.
6. Incentivo
Por la contratación de una de las pólizas promocionadas que cumpla con las bases de la campaña, se obsequiará al tomador con un regalo directo que consiste en un bono canjeable de 30€. La entidad emisora de estos bonos es IZICARD, S.L.
Los bonos son consumibles en las tiendas afiliadas al PROGRAMA CLICK&Gift (propiedad de IZICARD.SL). Entre otras: Zalando, Cepsa, Carrefour, Amazon, IKEA, Atrápalo, Decathlon. Sujeto a variaciones en función de los resultados de la campaña.
7. Funcionamiento de canjeo
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El código se puede canjear tras 30 días desde la fecha de efecto de la póliza, siempre que la misma se mantenga vigente y cumpliendo las condiciones de la promoción.
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Se enviará una comunicación a través de email a los destinatarios del bono indicando las instrucciones del canjeo.
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La solicitud del canje se hará a través del Área privada accesible a través de https://clientes.ocaso.es.
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El bono tiene una caducidad de 6 meses desde la fecha de efecto de la póliza (es decir, 5 meses desde el envío del email)
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Una vez el tomador solicite el canje, el proveedor IZICARD.SL enviará a la dirección de correo electrónico designada por el tomador un email con un código de activación y un enlace a la página web donde debe incluir el código del canjeo. El tomador dispondrá de 3 meses para canjear el bono.
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En la página web (propiedad de IZICARD.SL) el tomador podrá seleccionar la tienda en la que desee canjear el código.
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Una vez elegida la tienda, IZICARD.SL enviará al tomador el bono, tanto si se ha seleccionado una tienda física como una tienda online.
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OCASO es totalmente ajena a la relación comercial que se entable entre el beneficiario de los bonos y las tiendas afiliadas al programa, por lo que no asume ninguna responsabilidad que pueda derivarse de la inadecuación o incorrecta prestación de los bienes o servicios adquiridos con los bonos.
8. Fiscalidad
De conformidad con la normativa fiscal vigente (1), se informa a los participantes, que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios tendrán la consideración de ganancia patrimonial a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
(1) Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El valor fiscal de los referidos premios se imputará a los ganadores en concepto de ganancia patrimonial, para su inclusión en la declaración de la Renta del IRPF, en el ejercicio correspondiente. A este efecto, Ocaso emitirá y pondrá a disposición del premiado un certificado con los datos correspondientes al premio una vez terminado el año natural.
9. Tratamiento de Datos de carácter personal
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS | |
Responsable | El responsable del tratamiento de sus datos es OCASO, S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros con CIF A-28016608 y domicilio social en C/ Princesa, 23; 28008, Madrid (en adelante, “OCASO”). |
Finalidades | OCASO tratará sus datos personales con la finalidad de: (i) gestionar el desarrollo de la relación contractual o precontractual (ii) remitir comunicaciones relativas a dicha relación; (iii) gestionar nuestros canales digitales; (iv) gestionar promociones y sorteos (v) cumplir las obligaciones legales aplicables y (vi) realizar cálculos estadísticos. |
Categoría de datos | Podemos obtener datos identificativos y de contacto; transacciones de bienes y servicios; económicos, financieros y de seguros; así como datos relacionados con el uso de los servicios contratados y los canales digitales. |
Procedencia de los datos | Aportados por el interesado, observados, inferidos o procedentes de fuentes de acceso público, registros públicos o fuentes externas, tales como TIREA. |
Derechos | Puede acceder a sus datos, rectificarlos, suprimirlos, portarlos, limitar u oponerse a su tratamiento, así como contactar con nuestro Delegado de Protección de Datos a través del correo electrónico proteccion_datos@ocaso.es. |
Información adicional | Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en www.ocaso.es/es/proteccion-de-datos/principal. |
10. Modificación de la Promoción y de las bases
Ocaso se reserva el derecho de prolongar, modificar o recortar la Promoción, o a anularla en caso de fuerza mayor que hiciese imposible seguir con la misma conforme a las disposiciones de estas bases. Eventualmente, algunas modificaciones podrán ser publicadas durante la Promoción y éstas serán consideradas como anexos a las Bases y parte integrante de las mismas. En ningún caso Ocaso podrá ser considerada responsable en caso de que la Promoción tuviese que ser retrasada, modificada, acortada o anulada si las circunstancias lo justifican y siempre que no se hubieran perjudicado los derechos adquiridos por los participantes.