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AccionesVisor de contenido web
Acciones¿Por qué elegir Ocaso?
Navega sin preocupación con nuestro seguro de embarcaciones
A tu disposición 24h
Más de 30.000 personas trabajamos para garantizar tu tranquilidad en todo momento.
Responsabilidad Civil
Practica la navegación con la tranquilidad de que, si causas un daño inesperado, estarás protegido en todo momento.
Reclamación de daños
Reclamación de daños amistosa o judicial por los daños que sufras con esta garantía adicional.
Daños a la embarcación
Tu barco estará protegido en todo momento ante la pérdida total, las averías y el robo con esta garantía adicional.
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AccionesQué cubre el seguro de embarcaciones
La cobertura que necesitas para navegar con tranquilidad
Nuestro seguro de embarcación está diseñado para que no tengas que preocuparte y te centres en disfrutar de la navegación.
Seguro de suscripción obligatoria para todas aquellas embarcaciones destinadas a la navegación de recreo y deportiva propulsadas a motor, así como aquellas que carezcan de motor y tengan una eslora superior a seis metros. Cubre daños personales, materiales y perjuicios causados a un tercero.
Cubre la defensa jurídica del asegurado en caso de una reclamación por parte de un tercero derivada de un siniestro amparado por la póliza.
Cubre el importe de las fianzas, que para garantizar su responsabilidad civil, le puedan ser requeridas al asegurado como consecuencia de un siniestro amparado en la póliza.
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AccionesCOBERTURAS OPCIONALES
Completa tu seguro
Puedes añadir esta serie de coberturas extra para personalizar tu seguro y que se ajuste mejor a tus necesidades.
Coberturas opcionales
- Daños a la embarcación
- Responsabilidad civil voluntaria (complementaria del seguro obligatorio)
- Reclamación de daños
- Accidentes individuales de ocupantes
- Participación en regatas
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AccionesContratar un seguro de embarcaciones es así de fácil
1. Consulta la información
Puedes consultar las garantías del seguro que te interesa y descargar la documentación asociada.
2. Te llamamos sin compromiso
Completa el formulario haciendo clic en “¿Te llamamos?” y nos pondremos en contacto contigo para resolver dudas.
3. Contrata con nosotros
Únete a OCASO, tu aseguradora de confianza. Más de 100 años garantizando la tranquilidad de millones de personas.
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AccionesPREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL SEGURO DE EMBARCACIONES
Resuelve tus dudas
Temas
El seguro de barcos de OCASO está pensado para que disfrutes de tus salidas de navegación sin preocupaciones. Si te gusta la navegación en embarcaciones de recreo, contarás con la garantía de responsabilidad civil obligatoria más las coberturas opcionales, como un seguro de daños a la embarcación, accidentes de ocupantes y reclamación de daños.
OCASO valora tu tiempo libre. Por eso, ponemos a tu disposición nuestro seguro de barcos, porque la navegación es una actividad de ocio regulada. Para practicarla, es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil.
El Real Decreto 607/99 establece un seguro de responsabilidad civil obligatoria para todas las embarcaciones de recreo propulsadas a motor, así como todos los barcos que carezcan de motor pero tengan una eslora superior a los 6 metros matriculadas en la lista 7ª.
Además, nuestro seguro de embarcaciones cuenta con varias ventajas extra: las garantías opcionales, que cubren un amplio espectro de imprevistos relacionados con tu actividad de ocio favorita.
La navegación en embarcaciones de recreo es una actividad de ocio regulada. Por ley, debes contar con un seguro de responsabilidad civil obligatoria para practicarla. Esta cobertura sirve para afrontar con garantías las reparaciones derivadas de un incidente inesperado que cause daños a un tercero.
El artículo 1902 del Código Civil estipula que “el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”. Esta exigencia al causante del daño es la responsabilidad civil, que suele empezar por una indemnización económica y puede derivar en un proceso judicial.
El seguro de embarcaciones de OCASO cuenta con una garantía opcional de reclamación de daños. Gracias a esta cobertura, se cubre la reclamación de daños causados por un tercero al asegurado, siempre que de haber sido este el causante del daño en lugar del perjudicado, su responsabilidad habría estado amparada por la póliza.
Aguas interiores así como jurisdiccionales del territorio nacional español (ampliable previo estudio).
Son asegurables exclusivamente embarcaciones de recreo para uso particular matriculadas en la lista séptima.
¿Tienes dudas?
Si necesitas ayuda en la contratación de nuestros seguros, rellena tus datos:Gracias
Un especialista se pondrá en contacto contigo para proponerte la mejor oferta en breve.
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Para cualquier gestión, ponte en contacto con nosotros en el siguiente teléfono:
900 32 00 32 Llamar ahoraAsistencia en fallecimiento
Estamos a tu disposición en todo momento.
900 14 15 16 Llamar ahoraGlosario de términos
Accidente
Un accidente es la lesión corporal causada de forma violenta súbita, externa y ajena a la intención del asegurado, que produzca una invalidez temporal o permanente, o la muerte.
Asegurado
El asegurado es la persona física o jurídica expuesta al riesgo, ya sea su persona, sus bienes o su patrimonio. En sentido general, el asegurado es quien suscribe la póliza con la entidad aseguradora. Se compromete al pago de las primas y tiene derecho a cobrar las indemnizaciones que se produzcan a consecuencia de un siniestro.
Asegurador
El asegurador es la persona jurídica que, de acuerdo a la legislación vigente, se dedica de forma profesional a asumir riesgos ajenos. A cambio, recibe una cantidad de dinero determinado: la prima.
Beneficiario
El beneficiario es la persona o personas físicas o jurídicas que perciben la prestación del seguro contratado por el asegurado.
Capital asegurado
El capital asegurado es el valor que se asigna a los bienes cubiertos por la póliza de seguro. Es la cantidad máxima que el asegurador está obligado a pagar en caso de siniestro.
Capital asegurado en caso de fallecimiento PIAS
Consiste en el valor de la póliza más un 5% adicional, con un mínimo de 500€ y un máximo de 5.000 € hasta que cumplas los 65 años. Por encima de esta edad, el importe será de 500 €.
Condiciones generales
Las condiciones generales de un contrato de seguro son el conjunto de cláusulas definidas por la entidad aseguradora. Son las disposiciones que regirán la relación contractual entre asegurado y aseguradora. Su finalidad es dar una cierta uniformidad a los contratos de seguro. El contenido y la forma de las condiciones generales se establecen conforme a la legislación vigente y están centrados en la protección de los consumidores.
Condiciones particulares
Las condiciones particulares con el documento donde se recogen los datos específicos de cada contrato.
Decesos
Decesos es una modalidad de seguro. En caso de fallecimiento del asegurado, los beneficiarios del contrato de seguro reciben los servicios necesarios para cubrir el sepelio.
Franquicia
La franquicia es la cantidad de dinero, fijada en la póliza, que se deduce de la indemnización que el asegurador paga en caso de siniestro. Dicho de otra manera, es una forma de que el asegurado participe en el coste del siniestro y asuma una parte del riesgo.
Gastos de sepelio
Un sepelio es todo el proceso funerario que ocurre tras el fallecimiento de una persona. Los gastos de sepelio cubren el servicio de tanatorio, el féretro, las esquelas, el coche fúnebre y el entierro o incineración, entre otros.
Gestión de sucesiones
Gestión de sucesiones es un trámite que realizamos para nuestros asegurados. Consiste en orientar sobre los organismos competentes para solicitar la documentación dentro de los plazos legales para liquidar el Impuesto de Sucesiones.
Incapacidad temporal
La garantía de incapacidad temporal asegura al tomador la recepción de una cantidad de dinero cuando sufre un accidente garantizado o una enfermedad recogida en las cláusulas de su póliza que le impiden realizar su vida diaria con normalidad. El tipo de accidente o enfermedad están recogidos en las condiciones particulares de cada contrato de seguro.
Infraseguro
Un infraseguro es la situación que se produce cuando un objeto asegurado tiene un valor superior a la cantidad asegurada. Es decir, si se produce un siniestro la indemnización que se recibirá será menor que el valor del objeto asegurado.
Invalidez absoluta
La invalidez absoluta es la situación física provocada por un accidente o una enfermedad, ocurridos al margen de la voluntad del asegurado, que causan su ineptitud para mantener una relación laboral o actividad profesional.
Invalidez permanente
La invalidez permanente es la situación física irreversible causada por un accidente o una enfermedad, ocurridos al margen de la voluntad del asegurado, que provocan su ineptitud para mantener una relación laboral o actividad profesional.
PIAS Ventajas fiscales
Siempre y cuando hayan transcurrido al menos cinco años desde su constitución, en el momento del rescate del PIAS el titular puede beneficiarse de las ventajas fiscales. Se tributará por rendimientos del capital mobiliario a medida que se perciben las rentas, con la posibilidad de reducirse hasta el 92% de la renta.
Prima mixta
La prima de un seguro es la cantidad de dinero que se paga por la cobertura de un riesgo. Una prima mixta es una mezcla de la prima nivelada y la prima natural. Esta póliza funciona como una prima natural hasta una edad determinada y se actualiza cada año en función de la edad del asegurado. Una vez alcanzada la edad establecida en el contrato de seguro, la póliza pasa a prima nivelada.
Prima nivelada
La prima de un seguro es la cantidad de dinero que se paga por la cobertura de un riesgo. Una prima nivelada mantiene constante dicha cantidad a lo largo de la vida del asegurado. Salvo los aumentos de capital, la prima es constante. El 90% de los asegurados de decesos en España cuenta con prima nivelada.
Prima periódica
La prima de un seguro es la cantidad de dinero que se paga por la cobertura de un riesgo. La prima periódica es una forma de pago regular según los plazos fijados en el contrato de seguro.
Prima única
La prima de un seguro es la cantidad de dinero que se paga por la cobertura de un riesgo. La prima única es una forma de pago que solo se produce una vez y que sirve para toda la duración del contrato de seguro. Dicho de otra manera, anticipa el conjunto de las primas en un único abono.
Regla proporcional por infraseguro
La regla proporcional es la fórmula que se aplica para calcular una indemnización cuando se produce siniestro parcial y la suma asegurada es inferior al valor real del objeto asegurado. Es decir, la regla proporcional se aplica en casos de infraseguro.
Rescate parcial
El rescate parcial de una póliza es el dinero que recibes como consecuencia de retirar una fracción de su valor. Puedes anticipar el rescate para hacer frente a un imprevisto, en caso de enfermedad grave o desempleo de larga duración. El rescate parcial es igual al valor que quieres retirar en el momento en que lo solicitas menos los gastos de las condiciones particulares de tu póliza.
Rescate total
El rescate total de un plan de ahorro personal es el dinero que recibes como consecuencia de rescindir tu contrato. Puedes anticipar el rescate para hacer frente a un imprevisto, en caso de enfermedad grave o desempleo de larga duración. El rescate anticipado es igual al valor de la póliza en el momento en que lo solicitas menos los gastos de las condiciones particulares de tu póliza.
Responsabilidad civil
La garantía de responsabilidad civil es la forma en que cubrimos el riesgo de que un asegurado, conforme al derecho, tenga la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios provocados por un hecho previsto en el contrato.
Seguro multirriesgo
Un seguro multirriesgo es un contrato de seguro completo que cubre una serie de riesgos relevantes en una única póliza.
Siniestro
El siniestro es el acontecimiento previsto en una póliza que da lugar a la activación de una cobertura fijada en el contrato de seguro. La ocurrencia del siniestro produce la indemnización, la reposición del daño producido o el pago del capital establecido en el contrato.
Sobreseguro
Un sobreseguro es la situación que se produce cuando un objeto asegurado tiene un valor inferior a la cantidad asegurada. Es decir, si se produce un siniestro la indemnización que se recibirá será mayor que el valor del objeto asegurado.
Suma asegurada
La suma asegurada, también conocida como valor asegurado, es el límite máximo de la indemnización a pagar por el asegurador en caso de siniestro. Esta cantidad está fijada por ley.
Tomador
El tomador del seguro es la persona, física o jurídica, que contrata el seguro con la entidad aseguradora. Firma la póliza y adquiere las obligaciones y derechos derivados del contrato.
Valor de nuevo
Es el coste de adquisición o de reconstrucción a estado de nuevo de un bien asegurado tras la ocurrencia de un siniestro previsto en la póliza.
Valor real
El valor real de un objeto asegurado se refiere al valor del mismo en el mercado. Se calcula deduciendo al valor de nuevo la depreciación que haya podido sufrir con el paso del tiempo o por el uso.
Ventajas fiscales PIAS
Siempre y cuando hayan transcurrido al menos cinco años desde su constitución, en el momento del rescate del PIAS el titular se pude beneficiar de las ventajas fiscales. Se tributará por rendimientos del capital mobiliario a medida que se perciben las rentas, con la posibilidad de reducirse hasta el 92% de la renta.
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