Cómo inscribir a tus hijos menores sin coste en tu Seguro de Decesos

Madre ayudando a su bebé a dar sus primeros pasos mientras el padre y su hijo pequeño juegan descalzos en el salón de casa.
La llegada de un hijo lo cambia todo y cuidar de su futuro es la máxima prioridad. Descubre cómo incluir a tus hijos o recién nacidos en tu seguro familiar sin pagar más, sumando coberturas clave para su día a día como pediatría 24h, dentista y protección escolar frente al bullying.

El nacimiento de un nuevo integrante en la familia supone reorganizar la estructura doméstica y tomar algunas decisiones de forma consciente. Ante este nuevo panorama, asegurar la tranquilidad del hogar es un paso clave para poder llevar la atención a otros aspectos importantes de la crianza. El seguro de decesos de OCASO ofrece protección sin costes para los menores de edad y recién nacidos, permitiendo integrarlos en la cobertura familiar.

A continuación, analizamos el procedimiento paso a paso para incluir a hijos e hijas menores de edad sin costes adicionales en el seguro de decesos y los beneficios exclusivos de esta inclusión.

¿Tiene coste añadir a menores de edad a la póliza de decesos familiar?

Con OCASO, incorporar a descendientes menores de edad o recién nacidos en las pólizas nuevas no supone ningún coste adicional, ya que las coberturas de Decesos y Prestación Integral están bonificadas al 100 %.

Nota: es importante tener en cuenta que cuando la póliza familiar ya se encuentra en vigor, incluir a un menor sí generaría un suplemento en el recibo. Por eso, la mejor opción suele ser desglosar la póliza y formalizar un contrato nuevo para beneficiarte de la bonificación.

Para que se entienda mejor, vamos a explicar esta circunstancia con un ejemplo claro. Es muy habitual que los abuelos mantengan a sus hijos adultos asegurados en sus pólizas tradicionales y deseen incluir a sus nietos. Para evitar que la inclusión del nieto en la póliza antigua genere un sobrecoste, lo más recomendable es “sacar” a la madre o al padre de este contrato (extraerlo de la póliza de los abuelos hacia un contrato nuevo en OCASO) y vincular así al hijo menor de forma totalmente bonificada.

¿Es obligatorio que ambos progenitores estén en la misma póliza?

No es obligatorio que el padre y la madre figuren juntos en la misma póliza, basta con que uno de los dos (por ejemplo, la madre) aparezca como tomadora para añadir al hijo sin coste. El otro progenitor puede permanecer en otra aseguradora o en otro contrato, aunque siempre será más rentable la unificación familiar.

Coberturas incluidas para el menor: salud infantil, dental y protección jurídica anti-bullying

Los menores incorporados a la póliza familiar acceden sin coste adicional a todas las garantías del contrato, disfrutando del mismo nivel de cobertura que un asegurado adulto. Entre las coberturas destinadas a menores, se encuentran la asistencia pediátrica por videoconsulta 24h, un Plan de Salud Bucal Infantil con servicios gratuitos y un escudo de protección jurídica especializada frente al acoso escolar (anti-bullying) y el ciberacoso.

El seguro de decesos de OCASO trasciende la prestación únicamente funeraria para convertirse en un servicio de protección continua en la vida cotidiana del menor y de toda la familia. Entre los servicios más valorados por padres y madres destacan:

1. Salud infantil y telemedicina inmediata

  • Orientación médica telefónica: asesoramiento permanente en dudas de salud infantil y nutrición.
  • Videoconsulta de urgencias 24 horas: atención médica inmediata las 24 horas, los 365 días del año, sin cita previa y con emisión de receta médica digital.
  • Consultas especializadas con pediatras: acceso a videoconsultas directas con especialistas en pediatría sin listas de espera.

2. Cuidado dental a través del Plan de Salud Bucal Infantil

  • Tratamientos gratuitos: revisiones periódicas, diagnóstico, limpiezas de boca (detartraje) y extracciones periodontales sin necesidad de cirugía.
  • Educación preventiva: sesiones de técnica de cepillado, pautas alimenticias para la prevención de caries y enseñanza de autoexamen.
  • Urgencias dentales: atención primaria garantizada para paliar el dolor o tratar traumatismos agudos.

3. Protección jurídica especializada en menores y anti-bullying

  • Peritaje oficial y borrado reputacional: en situaciones de acoso escolar o maltrato en internet, la aseguradora confecciona informes y gestiona el borrado de datos, fotografías o contenidos publicados indebidamente sin consentimiento del tutor ante plataformas y la Agencia de Protección de Datos.
  • Protección de la identidad y cierre de cuentas hackeadas: rastreo mensual en internet mediante tres términos de búsqueda para detectar suplantaciones de identidad y gestión para cancelar perfiles o cuentas usurpadas (hasta 4 solicitudes anuales).
  • Asistencia legal y psicológica: soporte a distancia con profesionales especializados para respaldar al menor y a su familia frente a conductas hostiles en colegios o entornos digitales.

Paso a paso: cómo dar de alta a un recién nacido o hijo menor en OCASO

El trámite de alta requiere únicamente facilitar el nombre completo y la fecha de nacimiento del menor, añadiendo el DNI solo si ya dispone de él y sin exigir libro de familia ni certificado de nacimiento. La contratación se puede formalizar digitalmente en movilidad si es una nueva póliza, o de manera presencial en sucursal con firma manuscrita si se trata de un contrato ya existente.

El procedimiento para registrar a un hijo recién nacido o menor de edad en OCASO destaca por su agilidad administrativa:

  1. Elige la vía de alta según tu situación:
    • Pólizas de nueva producción: tu agente o asesor de OCASO realiza la tramitación directamente contigo por teléfono o por vía digital, de forma guiada y sin que tengas que realizar desplazamientos ni gestiones complejas por tu cuenta.
    • Pólizas ya creadas: si vas a incorporar al menor a un contrato familiar que ya tenéis abierto en casa, la gestión se formaliza de manera presencial en tu sucursal de OCASO mediante firma habitual
  2. Aportación de documentación mínima:
    • Únicamente se solicita el nombre completo y la fecha de nacimiento del menor.
    • Si el menor de 14 años cuenta con DNI se anota en el contrato, pero no es obligatorio tenerlo para hacer la inclusión.
    • No se requiere presentar el Libro de Familia ni el Certificado del Registro Civil.
  3. Cuestionario de salud y periodo de carencia:
    • Como en cualquier inclusión, se debe cumplimentar el cuestionario de salud estandarizado correspondiente al menor.
    • La cobertura entra en vigor tras superar el periodo de carencia general de 30 días fijado para fallecimiento ordinario, garantizando efecto inmediato si la causa es por accidente.
  4. Plazo para el alta y protección de neonatos:
    • No existe una fecha límite tras el nacimiento: los progenitores pueden inscribir al hijo sin coste en cualquier momento hasta que cumpla los 18 años.
    • Además, la garantía de Prestación Integral asume los gastos del servicio especial de inhumación o incineración de fetos y menores de un año que formen parte de la unidad familiar, aunque no figurasen inscritos en la póliza.

¿Qué ocurre cuando el o la menor cumple los 18 años?

Al alcanzar la mayoría de edad, finaliza la bonificación infantil y el menor pasa a considerarse asegurado adulto dentro de la póliza de decesos. El contrato garantiza la conservación de toda la antigüedad acumulada desde su inscripción y establece una adaptación gradual en la prima para que la incorporación a la cuota no suponga un salto brusco en la economía familiar.

Al cumplir los 18 años, la cobertura del seguro evoluciona de manera natural. Este momento supone la transición del estatus de menor al de asegurado adulto, manteniendo la protección bajo los siguientes principios:

  • Conservación de los derechos de antigüedad: el hijo mantiene intacta la antigüedad acumulada desde la fecha en que fue inscrito en el contrato. En las modalidades de prima nivelada, esto garantiza que se respete la tasa de origen vinculada a su edad de ingreso en la aseguradora, protegiéndole frente a incrementos extraordinarios.
  • Transición económica progresiva: Al extinguirse la exención o bonificación propia de la minoría de edad, el pago de la tarifa de adulto no se aplica de golpe. La cuota se adapta de forma escalonada durante un periodo de transición para que la familia apenas note la variación en el recibo.
  • Sin nuevas carencias ni cuestionarios de salud: todas las coberturas que el menor ya disfrutaba en la unidad familiar continúan activas sin necesidad de someterse a nuevas evaluaciones médicas ni cumplir nuevos plazos de carencia.
  • Libertad de permanencia o desglose: al ser mayor de edad, la persona puede elegir continuar dentro de la póliza familiar de sus progenitores o desglosarse hacia su propia póliza individual.

La tranquilidad de proteger a tu familia: ¿por qué elegir el seguro de decesos de OCASO?

Elegir el seguro de decesos de OCASO permite defender el bienestar familiar con una cobertura de Prestación Integral que asume los excesos de gastos extraordinarios y garantiza asistencia en viajes, orientación legal y respaldo psicológico. La bonificación del 100% para menores asegura una protección completa y económica para todas las etapas de la vida.

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